
28 Abr El ciudadano en el centro de la transición energética
El ciudadano en el centro de la transición energética. Las Comunidades de Energía Renovable.
La transición energética no consiste únicamente en una transformación en el modelo de producción de la energía, con un simple cambio de las fuentes de energía actuales, por fuentes de energía renovables, para hacer posible la descarbonización. La transición energética supone también una modificación en los paradigmas de consumo, como también un cambio en la interrelación entre los diferentes actores y sus nuevos roles en la cadena de producción y consumo de la energía. En definitiva, se trata de desaprender viejos modelos para aprender otros nuevos, que nos permitan conquistar los grandes retos a los que nos enfrentamos para hacer posible el cambio climático.
Pasamos de un modelo llamémosle “convencional”, en el que el ciudadano, empresa o administración tienen un rol más “pasivo” como cliente/consumidor de la energía adquirida, a un modelo con un rol más activo y participativo, en el que el consumidor se convierte en prosumidor, y es capaz de producir lo que consume.
Uno de los instrumentos novedosos que pueden hacer posible este cambio de paradigma, son las Comunidades de Energía Renovable.
Reciente es la introducción de las mismas en la Ley del Sector Eléctrico (LSE), como nuevos sujetos capaces de participar en las actividades del sector. Introducción operada por el Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio por el que se traspone la definición de Comunidades de Energía renovable establecida por la Directiva de Energías Renovables (UE) 2018/2001, d’11 de diciembre de 2018.
Así, la LSE define las Comunidades de Energía Renovable como “entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado, cuyos socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras”.
Es preciso señalar, que el marco legal se encuentra todavía en fase de desarrollo, para ello se han abierto sendas Consultas Públicas y procesos de participación por el Ministerio y por el IDAE, con la finalidad de desarrollar y concretar normativamente el alcance de las mismas.
En este modelo de proximidad, cuyo objeto es generar valores intangibles como son la generación de beneficios medioambientales, económicos o sociales en el ámbito local donde operan, es necesario poner en valor el papel que en su desarrollo puedan tener las pymes por su arraigo territorial.
Otro actor clave, son los entes locales, en tanto que administración próxima al ciudadano, pueden jugar un papel clave como agentes facilitadores de la participación de la ciudadanía. Para estas administraciones la sostenibilidad y consecución de los compromisos climáticos, constituyen unos de los ejes de la nueva Gobernanza.
Las Comunidades de Energía son un instrumento de aprovechamiento del espacio urbano, para favorecer un modelo de producción de energía próximo al punto de consumo; un modelo basado en el autoconsumo energético, respetuoso con el Medio Ambiente al estar basado en la producción de energía de origen renovable. A la par que, un cambio de rol de ciudadanos, empresas y administraciones, en la medida que les permite participar en un modelo más flexible; un modelo de concienciación climática y energética para la ciudadanía y también, no debemos olvidarlo, un modelo capaz de generar nuevas oportunidades de negocio.
En Verdia Legal disponemos de una dilatada experiencia en el sector energético, siempre atentos a la constante evolución del mismo, para poder ofrecer el mejor asesoramiento especializado para empresas, instituciones y particulares.
Carles Majó
Abogado Senior
Verdia Legal