
20 Oct EUROPA Y LAS MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR LA CRISIS ENERGÉTICA
Desde el pasado mes de septiembre hemos visto una actividad frenética y sin precedentes por parte de la Comisión Europea proponiendo medidas legislativas y convocando Consejos prácticamente semanales con carácter extraordinario o informal. Todo ello en un esfuerzo titánico para de una forma unida, conjunta y coordinada a nivel de la Unión, paliar la crisis energética, garantizar la seguridad del suministro y contribuir a reducir la factura energética de los consumidores europeos. Todas estas medidas tienen carácter excepcional y están acotadas en el tiempo, si bien admiten ser prorrogadas si la situación persiste.
Además, queremos recordar que las propuestas europeas llevan aparejadas las correspondientes decisiones a nivel de los Estados miembros. En este sentido y a nivel nacional ello se ha visto plasmado en el Plan +SE (Plan Más Seguridad Energética) publicado el pasado 11 de octubre, un plan, en palabras del Gobierno “para aportar más seguridad frente a los precios de la energía a los hogares y al conjunto de la economía española, y contribuir a incrementar la seguridad de suministro de la Unión Europea”.
El pasado 30 de septiembre los ministros de energía europeos llegaron a un acuerdo que fue ratificado por el Consejo Europeo el 6 de octubre sobre el Reglamento (UE) 2022/1854 propuesto por la Comisión relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía. El reglamento fue aprobado por el Consejo haciendo uso de la excepción prevista en el artículo 122 del Tratado para el funcionamiento de la Unión europea que le permite, con carácter excepcional y en determinadas circunstancias como son las dificultades en el suministro de productos tales como la energía, adoptar legislación sin la intervención del Parlamento Europeo.
Las medidas contenidas en dicho Reglamento podemos agruparlas en cuatro:
- Objetivo voluntario de reducción global del 10% del consumo bruto de electricidad y objetivo obligatorio de reducción del 5% del consumo eléctrico en horas punta. Los Estados miembros deben identificar el 10 % de sus horas punta entre el 1 diciembre de 2022 y 31 de marzo de 2023 durante las cuales reducirán la demanda. Los Estados miembros tendrán libertad para elegir las medidas más adecuadas para reducir el consumo de ambos objetivos en este periodo.
- Limitar los ingresos del mercado obtenidos por los generadores de electricidad que utilicen tecnologías inframarginales para producir electricidad, como las renovables, la nuclear y el lignito. El tope se fija en 180 euros/MWh Los Estados miembros introdujeron algunas exenciones, incluida la posibilidad de establecer un tope de ingresos más alto, utilizar medidas que limiten aún más los ingresos del mercado, diferenciar entre tecnologías y aplicar límites a los ingresos del mercado de otros actores, incluidos los comercializadores. Esta medida se venía ya aplicando en algunos países europeos.
- Medidas para intervenir temporalmente el precio del suministro eléctrico a PYMEs por parte de los estados miembros que lo deseen. Esta medida es una excepción a lo previsto en la vigente Directiva de Electricidad que limita la posibilidad de dicha intervención excepcional en los precios a los consumidores domésticos.
- Contribución solidaria temporal obligatoria sobre los beneficios de las empresas activas en los sectores del petróleo, gas natural, carbón y refinería. El cálculo se realizará sobre la base de las ganancias imponibles, según lo determinen las normas fiscales nacionales en el ejercicio fiscal a partir de 2022 y/o en 2023, que superen un incremento del 20% en los beneficios gravables promedio anuales desde 2018.
Las medidas contenidas en el Reglamento, que como tal es de obligado cumplimiento en todos los Estados miembros, son temporales y extraordinarias y serán de aplicación desde el 1 de diciembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023. Hay algunas particularidades como es el caso de los objetivos de reducción de consumo que deberán aplicarse hasta marzo de 2023, mientras que el tope a los beneficios obtenidos del mercado se aplicará hasta el 30 de junio de 2023.
Por último, el 18 de octubre la Comisión presentó una nueva propuesta de Reglamento con nuevas medidas para “mejorar la solidaridad a través de una mejor coordinación de las compras de gas, los intercambios de gas a través de las fronteras y puntos de referencia de precios fiables”. La propuesta incluye entre otras medidas:
- Una plataforma de compras conjuntas de gas con la obligada participación de las empresas de los Estados miembros en la compra para cubrir al menos el 15 % de su almacenamiento.v Un nuevo mecanismo de fijación de precios de GNL para marzo de 2023, a desarrollar por la Comisión junto con la Agencia Europea de Reguladores de la Energía, ACER.
- Un mecanismo de corrección de precios para establecer un límite de precio dinámico para las transacciones en la bolsa de gas TTF.
- Una banda dinámica para evitar picos de precios extremos en los mercados de derivados de gas y electricidad para proteger a los operadores de energía de los grandes movimientos de precios del mercado intra diario.
- Reglas de solidaridad entre los Estados miembros en caso de escasez de suministro.
- Mecanismo de asignación de gas para los Estados miembros afectados por una emergencia de suministro de gas regional o de la Unión.
Estas medidas serán discutidas en el Consejo europeo de los días 20 y 21 de octubre y en el Consejo de Energía del día 25 de octubre.
En cuanto a la controvertida y esperada medida de topar el precio del gas, es un tema ahora mismo recurrente y discutido en cada uno de los Consejos del ejecutivo europeo o de sus ministros de energía sin que se haya llegado a ningún acuerdo por el momento. Son ya 15 los Estados miembros que abogan por dicha medida, mientras que algunos gobiernos, sobre todo Alemania, todavía se oponen a la propuesta.
En cuanto a la anunciada reforma del mercado eléctrico, “reforma profunda” en palabras de la Presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, en su comparecencia ante el Parlamento Europeo a primeros de septiembre, la Comisión por mandato del Consejo europeo se ha comprometido a presentar posibles opciones a finales de este mes de octubre, dejando para principios del próximo año la propuesta legislativa. Si dicha reforma será estructural o será más superficial y si supondrá abrir una total revisión de la vigente Directiva de electricidad (EU) 2019/944 – aún pendiente de transposición en muchos Estados miembros y Reglamento de electricidad (EU) 2019/943, es aún un hecho incierto, puesto que en estos momentos todo está sobre la mesa. Sí que es cierto que, una reforma del mercado no es baladí y requiere de sus necesarios análisis coste-beneficio y evaluación de impacto a corto, medio y largo plazo y deberá llevarse a cabo siguiendo el proceso legislativo con todas sus garantías, por más urgencia que la actual coyuntura requiera.
Desde Verdia Legal seguiremos en detalle, como venimos haciendo, el desarrollo legislativo de las diferentes propuestas y medidas de la Comisión.
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Verdia Legal