
13 Jul LA COMISIÓN EUROPEA PONE EL FOCO EN LA ACELERACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONCESIÓN DE PERMISOS PARA LAS RENOVABLES
El 18 de Mayo de 2022 la Comisión Europea publicó junto con el REPower Action Plan la Recomendación (UE) 2022/822 sobre la aceleración de los procedimientos de concesión de permisos para los proyectos de energías renovables y la facilitación de los contratos de compra de electricidad (PPAs).
Si bien las Recomendaciones comunitarias son actos que no tienen carácter vinculante para los Estados Miembros, no dejan de ser importantes directrices para la interpretación del derecho de la UE y, en algunos casos, “toques de atención” para los Gobiernos nacionales y sus administraciones. En este caso, la recomendación obliga a los Estados a reportar a la Comisión cada dos años (a partir de marzo de 2023) sobre el estado de aplicación de la presente Recomendación. También deberán establecer los Gobiernos un punto de contacto que supervise periódicamente los obstáculos en el proceso de concesión de permisos y problemas a que se enfrentan los promotores de proyectos de energías renovables.
Además hay que tener en cuenta que las medidas incluidas en la recomendación han sido trasladadas en forma de articulado en la Propuesta de la Comisión Europea de modificación de la Directiva de energías renovables (UE) 2018/2001 que se publicó el 18 de Mayo junto al Plan de Acción del REPower EU, por lo que podríamos verlas convertirse en legislación de obligado cumplimiento si son finalmente adoptadas tras el proceso de codecisión entre el Parlamento y el Consejo.
La Recomendación y las orientaciones que la acompañan, aplican a los proyectos de generación renovable (incluida la producción de hidrógeno renovable), así como a los activos necesarios para su conexión a la red y para el almacenamiento de la energía producida. La recomendación aboga por procesos más rápidos y breves y que éstos sean considerados de interés público superior en aras de la seguridad pública.
También se insta a los Estados miembros a garantizar “la coordinación efectiva” entre los niveles nacional, regional y municipal en lo que respecta a las funciones y responsabilidades de las autoridades competentes para la autorización de proyectos de energías renovables, interesando la creación de una “ventanilla única” con el fin de limitar el número de autoridades implicadas.
A continuación se enumeran algunos de los aspectos más relevantes de la recomendación.
Brevedad y claridad en los plazos: la Comisión recomienda a los Estados Miembros
- Definir plazos claros y lo más breves posible para todas las etapas del proceso de concesión de permisos de construcción y explotación de proyectos de energías renovables.
- Especificar los casos y circunstancias en los que dichos plazos pueden ampliarse.
- Establecer plazos máximos vinculantes para todas las fases del procedimiento de evaluación del impacto ambiental.
- Limitar a un máximo de tres meses la duración de los procedimientos de concesión de permisos para la instalación de equipos de energía solar en estructuras artificiales.
- Crear un único proceso unificado de solicitud para todo el proceso administrativo de solicitud y concesión de permisos.
- Permitir la actualización de las especificaciones tecnológicas de los proyectos entre la solicitud del permiso y la construcción de los proyectos, a fin de facilitar la adopción de tecnologías innovadoras.
- Introducción de procedimientos plenamente digitales de concesión de permisos y comunicación electrónica para sustituir el papel.
Silencio administrativo positivo
La Comisión recomienda a los Estados miembros introducir el denominado «silencio administrativo positivo» es decir, que la falta de respuesta por parte de la autoridad o autoridades competentes, dentro de los plazos establecidos, suponga la aceptación de una determinada solicitud.
Mayor facilidad para la conexión a la red: para ello se recomienda a los Estados:
- Planificar la red a largo plazo y realizar una inversión coherente con la expansión prevista de la capacidad de la producción renovable a futuro.
- Velar para que los gestores de red
- Apliquen procedimientos transparentes y digitales para las solicitudes de conexión a la red
- Informen sobre las capacidades de la red y optimicen su uso
- Adoptar procedimientos de notificación simple para las conexiones a la red de instalaciones de energías renovables, cuando no se prevea un impacto medioambiental o social negativo significativo.
Participación ciudadana: se recomienda a los Estados miembros:
- Estimular la participación de los ciudadanos, incluidos los consumidores vulnerables y las comunidades energéticas en los proyectos de energías renovables.
- Fomentar la transferencia de los beneficios de la transición energética a las comunidades locales, con el fin de mejorar la aceptación y el compromiso público.
- Aplicar procedimientos simplificados para la conexión a la red de las instalaciones de energías renovables, y reducir al mínimo los procedimientos y requisitos de concesión de licencias de producción para los autoconsumidores de energías renovables.
Definición y planificación de las ubicaciones de los proyectos
Se solicita a los Estados miembros siempre que ello sea jurídicamente posible:
- Definir las zonas terrestres y marítimas adecuadas para proyectos de energías renovables de conformidad con sus planes nacionales de energía y clima y los objetivos renovables a 2030. Las llamadas “go-to areas”.
- Limitar al mínimo necesario de las zonas de exclusión en las que no pueden desarrollarse las energías renovables.
- Racionalizar los requisitos de la evaluación del impacto ambiental de los proyectos.
- Velar para que el sacrificio o perturbación de especies individuales de aves silvestres y especies protegidas no obstaculice el desarrollo de proyectos de energías renovables, mediante la exigencia de medidas de mitigación a fin de evitar un impacto negativo en las especies.
Fomento de los acuerdos de compra de energía – PPAs: mediante la eliminación de obstáculos administrativos o al mercado y en particular acelerando su adopción por pequeñas y medianas empresas.
Las medidas más que necesarias si queremos cumplir con los objetivos de descarbonización para 2030 y 2050, no son sin embargo extensibles a los permisos para la autorización de nuevas infraestructuras eléctricas (líneas) a las que la generación renovable deberá conectarse y necesarias para evacuar la energía producida, procesos que asimismo sufren retrasos y dilaciones más que considerables.
Desde Verdia Legal ofrecemos asesoramiento jurídico en materia de permisos y autorizaciones de instalaciones de generación de electricidad con fuentes de energía renovable. Seguiremos con atención el desarrollo legislativo de la propuesta de la Comisión en esta materia.
Verdia Legal